Gobierno de rio negro
Logo de Fondo Editorial Rionegrino
Gobierno

Más familias podrán acceder al título de propiedad en Comisiones de Fomento

El Gobierno provincial, a través de la Dirección de Tierras, la próxima semana recorrerá Cona Niyeu, Arroyo Los Berros, Arroyo Ventana y Sierra Paileman para que más vecinos puedan firmar su adhesión a la Ley 5596 y avanzar en las escrituras gratuitas y definitivas de sus hogares.

Fecha: 27 de enero de 2023
Más vecinos y vecinas podrán avanzar en las escrituras gratuitas y definitivas de sus hogares.Crédito: Gobierno de Río Negro

“Seguimos trabajando desde el Gobierno provincial para que más familias rionegrinas que viven en Comisiones de Fomento puedan tramitar su título de propiedad, por eso, la próxima semana nuestro equipo del área de fiscalización viajará para que los pobladores conozcan más sobre este beneficio y puedan apoyar esta iniciativa que les permitirá poder iniciar el trámite de la escritura de su casa”, dijo el ministro de Gobierno y Comunidad, Rodrigo Buteler.

Se trata de adhesiones voluntarias a la Ley 5596 de régimen jurídico excepcional para la regularización de tierras fiscales, que permitirá que el Gobierno provincial, a través del programa “Mi escritura, un derecho”, pueda comenzar a tramitar la escritura de más de 2500 familias que viven en las zonas más alejadas.

"El trabajo que van a realizar los fiscalizadores consiste en atender de manera personalizada a las y los pobladores de cada Comisión de Fomento para explicarles en qué consiste la Ley 5596, cuáles son los requisitos para poder acceder a sus beneficios y darles la posibilidad de hacer su adhesión a la misma, que es totalmente voluntaria, para iniciar el trámite de la escritura de la propiedad", explicó Diego Lawrie, director de Tierras de la provincia.

Cabe recordar que el presente Régimen comprende a aquellos predios urbanos fiscales con destino exclusivo de vivienda única familiar, con habitación efectiva.

Pueden adherirse aquellas y aquellos tenedores de predios urbanos fiscales que acrediten con causa lícita la tenencia actual, pública, pacífica y continua durante un plazo mínimo de 10 años, en el marco de la Ley Provincial Q Nº1452.

Temas relacionados

" // Page // no data